martes, 8 de noviembre de 2016

Redes Sociales: "¿Tribunales Populares?"


  ¿Puede que,un hombre que asesina a su mujer tener una culpabilidad menor respecto de ese caso?
  ¿Puede una mujer que aborta a su retoño,sabiendo que por esa causa morirá,no ser penada por la
Ley? ¿Puede un Oficial de las F.F.A.A. tener una culpabilidad limitada,por haber torturado y ase-
sinado a un conciudadano? La respuesta a todas interrogantes es sí. Y lo dice el Código Penal.
  Los Tribunales Populares tienen una opinión diferente. Son aquellos que funcionan levantando la
mano y a gritos determinan la inocencia o culpabilidad de una persona. Los tuvo Stalin,Mao Tse
Tung y todas las tiranías que registra la Historia de la Humanidad.
  Las Redes Sociales,operan un poco como los últimos nombrados,eso sí en una versión mucho más
Light,porque la algazara tuitera no termina con el individuo bajo la guillotina. Y,como en gustos no
hay nada escrito,puede ya que existan quienes prefieran este modelo que al que mal funciona en
nuestro País.
  Bueno,hay que admitir que la culpabilidad en un Estado de Derecho obliga a hacer un juicio com-
plejo. Tan complejo que,puede darse el caso que alguien que cometa una conducta ilícita de ma-
nera intencional,esté sin embargo exento de responsabilidad (o tenga una responsabilidad dismi-
nuída) respecto de ella.
  Hace tiempo,por ejemplo,un hombre apuñaló a su esposa después de ser provocado de una manera
muy grotesca por que era su amante.(que se enteró en ese momento)
  La Justicia no lo declaró inocente ni menos justificado en razón de sus celos. Simplemente,se con-
sideró su acto como "no igual" de quien obra premeditadamente. ¿Es eso injusto? El Tribunal Popu-
lar dijo que sí.
  El otro caso,de la mujer que aborta,también es un caso típico,pues tiene algo en común con el ante-
rior: ella está consciente que se trata de un acto penado por la Ley;sabe que tal resolución acabará
con la vida del hijo que lleva,y,sin embargo,rara vez es castigada. ¿Porqué? se preguntarán,porque
obra por lo general "Violentada por una fuerza irresistible o impulsada por un miedo insuperable".
  Mas bien,es una forma que muestra su situación muy personal,muy distante a la de un médico o
de cualquier otro. ¿Es injusto? El Tribunal Popular diría que no,pero en otras latitudes y culturas
la asesinarían a pedradas.
  Otro ejemplo: Los ex-miembros de las F.F.A.A. que están presos por órdenes que recibieron de
sus superiores hace 40 años. ¿Es fácil determinar su culpabilidad en los hechos? ¿Se puede consi-
derar que acaso ejecutaron órdenes conforme a la "obediencia debida"? La respuesta del Tribunal
Popular sería tajante: No.
  Lógico,porque desconocen las disposiciones que rigen hasta ahora para las Instituciones Militares
en materia de obediencia.
  Y también desconocen que tales disposiciones legales salen del Poder Ejecutivo y Legislativo.
  ¿Acaso no es injusto que los funcionarios mencionados reciban una instrucción férrea llegando
casi al "lavado de cerebro"(avalada por el Estado) y luego se les exija sanciones por no haber hecho
un juicio prudente respecto de las órdenes recibidas?
  El Código Penal hace diferencias que el fanático no acepta,repudia y condena en términos de relati-
vismo moral. Lo que está en juego,sin embargo,es la postura de una Justicia que,aunque ciega,no
puede ni debe ser estúpida.

  Que Duerman Bien.
  Que Descansen.

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